¿SON OBLIGATORIOS LOS MASC ANTES DE ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL?

Los MASCMedios Adecuados de Solución de Controversias— se han convertido en una parada obligatoria antes de poder presentar una demanda. Hablamos de mecanismos extrajudiciales como la mediación, la conciliación o la negociación, cuyo objetivo es intentar resolver un conflicto sin llegar a juicio.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, introdujo este requisito de forma expresa como condición previa para poder acudir a los tribunales. Desde su entrada en vigor el 3 de abril de 2025, no realizar un MASC conlleva una consecuencia clara y contundente:
➡️ La inadmisión de la demanda.

¿En qué asuntos inmobiliarios son obligatorios?

En prácticamente todos los procedimientos habituales del ámbito inmobiliario, incluyendo:

  • Desahucios
  • Reclamaciones de cantidad
  • Demandas por extinción del contrato
  • Conflictos de propiedad horizontal
  • Incumplimientos contractuales diversos

Si tu caso encaja en alguno de estos escenarios —y la mayoría lo hacen— tendrás que realizar un MASC antes de acudir al juzgado, sí o sí.

Mi opinión profesional

Tras años trabajando con clientes y gestionando procedimientos de todo tipo, la realidad es esta:
👉 el MASC suele ser una pérdida de tiempo y dinero para quien sí cumple, y un respiro injustificado para quien no lo hace.

Pero te guste o no, es un paso obligatorio y no cumplirlo te deja fuera de la vía judicial antes incluso de empezar.


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