RD LEY  2/2026, RD LEY  8/2026, RD LEY 26/2026,   RD LEY 27/2026, RD LEY 28/2026,   RD LEY 29/2026 ……..  ¿DÓNDE ESTÁ LA SEGURIDAD JURÍDICA?

En estos días (aunque lo podemos ampliar al año) desde el punto de vista jurídico estamos asistiendo a un espectáculo insólito en el ámbito jurídico.

A los que llevamos unos cuantos años vinculados a la actividad jurídica, desde hace tiempo se nos rompen los esquemas de lo aprendido desde la Facultad de Derecho.

Uno de los principios fundamentales que  aprendí en mis años de estudiante y posteriores de profesión, es el de la seguridad jurídica, principio fundamental en cualquier estado de derecho.

El principio de seguridad jurídica está recogido en el art.9.3 de la Constitución Española:

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Este principio  que  afecta a todos los ámbitos de la vida, de la  actividad económica, a los inversores, a los propietarios, a la vivienda, a los inquilinos, parece que se le ha olvidado a los políticos en los últimos tiempos.

La seguridad jurídica también se consigue legislando de la forma prevista en la Constitución, y dando al Parlamento la función que le corresponde, que es la  de legislar.

Se produce un  abuso de la figura del real decreto ley, asumiendo el  Gobierno la función del legislador,  y dejando sin sentido  esta figura, que  en el art. 86 de la Constitución, se prevé  para casos de extraordinaria y urgente necesidad.

Parece también increíble desde el punto de vista jurídico que se apruebe un Real Decreto Ley por el Gobierno, a los pocos días de haber sido derogado por el Congreso  uno similar, y después de haber disuelto las Cortes y convocado elecciones generales.

La incertidumbre jurídica es total, si ahora se aprueban por la Diputación Permanente  los Real Decreto Ley  28 y 29 , o al menos unos de ellos como parece que será posible, que sucederá después de las elecciones si hay un cambio de gobierno.

El caos legal y la falta de seguridad jurídica en materia de vivienda seguirán estando presentes.