Guía rápida para arrendadores tras la derogación de la moratoria de desahucios

La reciente derogación del Real Decreto-ley 2/2026 ha vuelto a modificar el escenario jurídico en materia de vivienda.

La consecuencia más relevante es clara: los procedimientos de desahucio que estaban suspendidos pueden reactivarse.

Si eres arrendador y tu procedimiento quedó paralizado por la moratoria, estos son los pasos básicos que conviene revisar para retomar la situación.


1️⃣ Comprueba si tu procedimiento estaba suspendido

El primer paso es verificar si tu procedimiento judicial quedó efectivamente suspendido.

Esto puede haber ocurrido por dos motivos principales:

  • Por la declaración de vulnerabilidad del arrendatario.
  • Por un auto de suspensión dictado por el juzgado al amparo de la normativa que establecía la moratoria.

Revisar el estado del procedimiento es fundamental para saber cómo actuar.


2️⃣ Solicita al juzgado la reactivación del procedimiento

En muchos casos, la reanudación no se produce automáticamente.

Por ello, suele ser necesario presentar un escrito ante el juzgado solicitando:

  • La continuación del procedimiento.
  • El señalamiento de una nueva fecha de lanzamiento, si este había sido aplazado.

Este simple trámite puede ser clave para que el procedimiento vuelva a avanzar.


3️⃣ Revisa en qué fase procesal quedó el procedimiento

Dependiendo del momento en que se produjo la suspensión, la actuación a realizar será distinta.

Por ejemplo:

  • Si faltaba la celebración de la vista, habrá que solicitar nuevo señalamiento.
  • Si el procedimiento estaba pendiente de lanzamiento, deberá pedirse nueva fecha.
  • Si el procedimiento quedó paralizado sin actuaciones pendientes, será necesario solicitar impulso procesal.

Cada caso requiere revisar el expediente para determinar la actuación adecuada.


4️⃣ Ordena toda la documentación

Para agilizar la reanudación del procedimiento, es recomendable tener preparada toda la documentación relevante:

  • Contrato de arrendamiento.
  • Requerimientos de pago.
  • Comunicaciones fehacientes (como burofaxes).
  • Certificación o cálculo actualizado de la deuda.
  • Recibos impagados.

Una documentación ordenada facilita la tramitación y evita retrasos innecesarios.


5️⃣ Si aún no habías iniciado el desahucio, ahora puedes hacerlo

Si hasta ahora no habías presentado demanda por la existencia de la moratoria, la situación cambia.

Con la derogación del Real Decreto-ley 2/2026, ya es posible iniciar procedimientos de desahucio sin el riesgo de una suspensión automática derivada de esa normativa.

Esto permite retomar actuaciones que muchos propietarios habían pospuesto.


Conclusión

Tras varios años de prórrogas, modificaciones y derogaciones normativas, el marco jurídico vuelve a cambiar.

La desaparición de la moratoria permite reactivar procedimientos de desahucio que llevaban tiempo suspendidos y también iniciar nuevos procedimientos en aquellos casos en los que el arrendador había optado por esperar.

Por ello, es un buen momento para revisar cada caso concreto y analizar el estado de los procedimientos que pudieron quedar bloqueados.